lunes, 13 de agosto de 2012

¡Qué tal gerente de Trabajo!


La  Gerencia Regional de Trabajo dispone acciones destinadas a la política de prevención y promoción socio-laboral y, de manera fundamental, vigila el cumplimiento de las normas legales. Frente a estas funciones, el representante de este sector laboral no debe dar las espaldas a las normas de buen gobierno y ética en la función pública, por la absoluta confianza que le otorga la entidad a la que representa.

Por Pilar Rivera Ramos
Wilmer Alberto Mixcan Saenz tiene representación, por poder, de diversas empresas en Arequipa. Es actual presidente de la asociación civil Profades y complementa su amplio ejercicio ejecutivo con las funciones de gerente regional de Trabajo y Promoción del Empleo.

De acuerdo a la investigación documentada, ninguno de estos cargos y representaciones ha sido revocado, por lo que, dentro de la gestión de su competencia, estaría incurriendo en el delito de conflicto de intereses y posible tráfico de influencias.

Respecto al conflicto de intereses, debemos aclarar que se trata de una situación en la que los intereses personales del empleado público colisionan con el interés público y el ejercicio de sus funciones; entendiéndose que cualquier actuación que realiza dicho empleado público debe estar dirigida a asegurar el interés público y no a favorecer intereses personales o de terceros.

Según el análisis de las fichas registrales otorgadas por la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), Mixcan Saenz no sólo asume la Dirección de Prevención y Solución de Conflictos en materia laboral, donde coordina, supervisa y evalúa las actividades técnicas administrativas de las dependencias a su cargo dentro del sector de la Administración Pública, sino que también goza de amplias atribuciones para ejecutar similares funciones a favor de empresas privadas, varias de ellas dedicadas al rubro de la minería. La incompatibilidad de funciones en este caso es clara.

Frente a este amplio ejercicio de poder, el cuestionado funcionario público estaría alterando sustancialmente sus funciones, pues surgen como interrogantes ¿los cargos como representante de las empresas privadas a caso no son remunerados?, ¿puede un funcionario público ser “juez y parte” en la supervisión laboral de empresas a las que él mismo representa?

El equipo de investigación de VISTAPREVIA se documentó sobre los poderes vigentes que ejecuta Wilmer Mixcan Saenz como persona natural y jurídica firmados desde el año 2001, sin que hasta el momento se conozca, mediante informe registral, que alguno de ellos haya rescindido o, por lo menos, se haya inhibido de participar en él.

PODERES COMO PERSONA JURÍDICA
1.- APODERADO LEGAL DE “TRANSFRUIT EXPORT”
Según escritura pública, se le otorga poder para que, en nombre y representación de la empresa “Transfuit Export & Impor Empresa Individual de Responsabilidad Limitada”, pueda apersonarse ante toda clase de autoridades políticas, civiles, administrativas, policiales, municipales, tributarias, judiciales y de cualquier otra naturaleza en defensa de sus bienes y derechos.

Destaca en materia laboral que el apoderado (Wilmer Mixcan) pueda iniciar o proseguir cualquier clase de proceso, quedando facultado para comparecer ante el Ministerio de Trabajo o sus dependencias, participar en comparendos, arribar a conciliaciones, presentar escritos y acompañar toda clase de documentos.

Entre sus funciones se le faculta, también, el solicitar y tramitar cualquier tipo de crédito a favor de la empresa ante todo tipo de institución bancaria o financiera, entre otras funciones más.

2.- APODERADO DE LA MINERA ÁLVAREZ
El actual gerente regional de Trabajo fue nombrado como apoderado de la “Minera Álvarez Empresa Individual de Responsabilidad Limitada” para que ejecute las siguientes facultades:
- Se apersone ante toda clase de autoridades políticas, civiles, administrativas, policiales, municipales, tributarias, judiciales y de cualquier otra naturaleza en defensa de sus bienes y derechos.

- Comparezca ante las autoridades judiciales con facultades generales del mandato y de facultades especiales para demandar, reconvenir, contestar demandas y reconvenciones, allanarse a las pretensiones controvertidas en el proceso, sustituir o delegar la representación procesal.

Destaca de manera especial el poder para que en nombre y representación de la empresa pueda comparecer ante el Ministerio de Trabajo o sus dependencias, “pudiendo participar en comparendos, arribar a conciliaciones, presentar escritos y acompañar documentos con todas las facultades consignadas anteriormente”.

Asimismo, resalta la facultad para solicitar la cancelación de los servicios de ejecución de labores mineras, solicitar rectificaciones de las liquidaciones mensuales por los servicios que presta la empresa. 

3.- APODERADO ESPECIALISTA EN MINERÍA
En 2004, mediante escritura pública, se le otorga poder para que, en nombre y representación de la empresa “Especialistas en minería y mantenimiento empresa individual de responsabilidad limitada”, pueda -entre varias funciones similares a las anteriores- poner hechos en conocimiento del Ministerio Público o de la autoridad policial. En materia laboral puede iniciar o proseguir cualquier clase de proceso; mientras que en materia administrativa se le faculta para presentar toda clase de solicitudes, reclamaciones, etc.

COMO PERSONA NATURAL
1.- REPRESENTANTE ANTE ALICORP
Según escritura pública, María Taco Ancca viuda de Quispe, le otorga poder para que se pueda apersonar ante cualquier clase de autoridades, sean judiciales, políticas, laborales, administrativas, fiscales, municipales, policiales, civiles o del Ministerio Público, para que formule peticiones de cualquier naturaleza, entable y conteste demandas.

Entre las atribuciones concedidas, se le otorga facultades especiales para que se apersone ante las oficinas de la empresa Alicorp S.A.A. y de la Sociedad Agente de Bolsa Cartisa Perú S.A. a fin de que solicite, cobre y haga efectivos los dividendos que correspondan por las acciones de inversión de la empresa Alicorp entregados a Cartisa Perú, con lo que está autorizado para efectuar los trámites necesarios. “El poder otorgado es sin reserva ni limitación alguna y sin que pueda ser tachado de insuficiente por ningún motivo”.

2.- REPRESENTANTE ANTE LA SUNAT
Igualmente, Lucio Zuni Gamarra otorga poder a favor de Wilmer Alberto Mixcan Saenz para que pueda, en su representación, apersonarse ante cualquier clase de autoridades, sean judiciales, del Ministerio Público, políticas, laborales, administrativas, fiscales, municipales o civiles, así como ante personas naturales o jurídicas, sean públicas o privadas, y terceros en general, esto además de demandar, reconvenir, contestar demandas y reconvenciones, conciliar y la realización de otras funciones más.

Destaca el poder que se confiere para que pueda apersonarse ante las oficinas de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) para diversas acciones entre las que destaca la facultad para firmar toda la documentación administrativa que sea necesaria y presentar documentos que requiera la autoridad correspondiente.

3.- OTORGAMIENTO DE PODER
Valeriano Tiburcio Lázaro Huayhua le otorga amplios poderes para que, en su representación, pueda asistir a centros de conciliación y realizar las conciliaciones extrajudiciales pertinentes, suscriba transacciones extrajudiciales y pueda apersonarse ante la Sunat. El título fue presentado el 22 de junio de 2010.

PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN CIVIL “PROFADES”
El actual gerente regional de Trabajo, según partida registral Nº 11038990, pertenece a la asociación “Profesionales en acción para el desarrollo” (Profades), constituida el 25 de agosto de 2004 para “contribuir al desarrollo social de los sectores más necesitados y desprotegidos en condiciones de pobreza y extrema pobreza o abandono moral y material”.

La Asociación se ubica en la calle Colón No. 311, oficina 401, en la provincia y departamento de Arequipa. Su duración, según la ficha registral, es indeterminada.

Wilmer Alberto Mixcan Saenz figura como presidente de la Asociación, considerando que, según régimen del consejo directivo y por acuerdo de asamblea, los cambios se dan cada tres años.

DATOS
El gerente regional de Trabajo, Wilmer Alberto Mixcan, ingresó a trabajar a este sector el 6 de enero de 2010. Su nivel remunerativo es F-5, percibiendo S/. 5,964.91.

Dentro de las funciones más importantes, debe disponer acciones destinadas a la política de prevención y promoción socio-laboral en materia de relaciones de trabajo, inspección de higiene y seguridad ocupacional, remuneraciones y productividad, registros laborales y otros de su competencia, promoviendo y conduciendo la presentación de servicios con criterio de simplicidad, celeridad y oportunidad, a través de sus dependencias; de igual forma, le corresponde ejecutar la política del empleo, formación profesional, bienestar y seguridad social, vigilando el cumplimiento de las normas generales y reglamentarias relativas a dichas materias.

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